El Ayuntamiento realizará un «sondeo» para conocer las posibles personas usuarias de la Baratze Parkea de Arramendi

Como ya es públicamente conocido, en el pasado pleno municipal celebrado el día 26 de febrero se aprobó de manera inicial el “Reglamento regulador de la adjudicación y gestión de las huertas sociales y ecológicas de Errenteria”.

El proyecto Baratze Parkea de Errenteria, se va a ejecutar en el monte de Arramendi y están enmarcadas dentro de la red de huertos Baratze Parke Sarea impulsado por Kutxa EKOGUNEA. Este proyecto esta cofinanciado entre Kutxa EKOGUNEA y ERRENTERIAKO UDALA.

El parque consta de 73 parcelas de 90 m2, 60 m2 y 30 m2. La adjudicación se realizará vía sorteo y se deberá inscribir en un registro que se va a crear para ello en el Ayuntamiento de Errenteria. El reglamento que se ha aprobado marca las pautas que regirán la adjudicación y la gestión de los mismos. Por otro lado, también establece una serie de principios que regularán el funcionamiento de las huertas:

1. Principio de conservación y mantenimiento: Será obligación principal de la persona usuaria de Baratze Parkea, la adecuada conservación y mantenimiento del terreno que se le ceden, debiendo aplicar la debida diligencia en su uso, manteniendo la salubridad, el ornato y el cultivo de las mismas.

2. Principio de respeto en el uso de las instalaciones: toda persona que sea cesionaria de un huerto ecológico, deberá evitar molestias, daños o perjuicios a las demás personas usuarias.

3. Principio de autoabastecimiento: Los frutos de la tierra, que se originen por la siembra de los huertos, únicamente podrán ser objeto de consumo propio o de la unidad familiar, sin que puedan destinarse a percibir rendimientos económicos.

4. Principio de prevención ambiental: Las personas beneficiarias del uso de los huertos se cuidarán de no utilizar productos fertilizantes ni productos fitosanitarios que puedan provocar un grave perjuicio sobre la tierra, contaminando la misma y los acuíferos que puedan existir, en los estrictos términos expuestos en este reglamento sobre el cultivo mediante sistemas de agricultura ecológica.

Por otro lado se establece que las personas usuarias se deberán constituir en asociación y también un canon y una fianza para colaborar a cubrir los gastos de mantenimiento de las huertas

a) Canon: 45 euros por uso de cada huerto de 30 metros cuadrados (por año).

b) Canon: 90 euros por uso de cada huerto de 60 metros cuadrados (por año)

c) Fianza. Se debe depositar una fianza por importe de 100 euros en garantía de la correcta utilización del dominio público municipal. Esta fianza se devolverá al finalizar de forma definitiva la cesión, siempre que no haya motivo que justifique su retención.

Con el fin de realizar un sondeo inicial de posibles personas interesadas, el concejal de Medio Ambiente y Montes del ayuntamiento José Manuel Ferradas quiere invitar a todas las personas empadronadas en Errenteria (al menos con un año de antigüedad) interesadas en ser adjudicatarias de una parcela, a que se apunten en el registro que para ello se va a crear en el Ayuntamiento. (Departamento de Medio Ambiente y Montes 3ª Planta) entre los días 11 a 22 de marzo.

NOTA: Es posible que algunas personas ya se hayan registrado a lo largo de estos meses, si es así no deberán volver a hacerlo pero es aconsejable que se pongan en contacto con el departamento para que nos digan si están interesadas en un huerto de 30 metros cuadrados o de 60 metros cuadrados. Nuestro número de teléfono es el 943 449603.